10 September 2010

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Inicia plazo para renegociación de contratos petroleros

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El plazo para renegociar los 34 contratos petroleros con las compañías privadas que operan en el país inicia mañana martes, cuando el decreto Ley de reformas a la actual Ley de Hidrocarburos y Régimen Tributario Interno sea publicado en el respectivo Registro Oficial.

El proceso de renegociación deberá completarse en los siguientes 120 días, con las compañías petroleras que en el 2009 suscribieron un acuerdo de transición con el Gobierno para migrar sus actuales contratos a la nueva modalidad de  Prestación de Servicios. La negociación de los contratos de campos marginales y de  alianzas operativas  se completará dentro de 180 días.

El ministro de Recursos Naturales No Renovables, Wilson Pástor, citó ocho beneficios que tendrá el Estado con la vigencia de las reformas a Ley de Hidrocarburos.

1.- La totalidad de la producción petrolera es de propiedad del Estado. Actualmente el Estado recibía solo, en promedio, 20% de la producción, mientras que las compañías privadas tenían el 80% restante.

2.- El Estado recibirá la totalidad de los ingresos extraordinarios resultantes del incremento de precios. Con las reformas vigentes, no solamente que el precio base del crudo extraído será menor con la fijación de la Tarifa por los Servicios, sino que el 100% del ingreso extraordinario, fruto del incremento del precio internacional, lo recaudará el Estado.

3.- Se protegen en todos los casos los ingresos mínimos del Estado, que no podrán ser inferiores al 25% de los ingresos brutos, como margen de soberanía, sobre los recursos naturales, antes de pagar la tarifa a la empresa contratista. Aunque los precios bajen a niveles impensables hoy en día, siempre el Estado recibirá primero el 25% del mismo.

4.- Las empresas ya no podrán deducir de la base imponible del impuesto a la renta costos exorbitantes financieros, ni costos de la casa matriz y en relación a los costos de transporte, solamente se les reconocerá el costo real. En algunos casos las compañías cargaban un costo financiero superior al 15%, costos de la casa matriz de varios dólares e imputaban como costo de transporte hasta tres veces el valor de 2,25 dólares por barril, que cuesta transportar un barril por el Oleoducto de Crudos Pesados (OCP).

5.- Las empresas deberán incrementar sus inversiones para mantener o aumentar la producción petrolera si quieren seguir en el país. Desde 2006, las inversiones de las empresas petroleras han descendido en picada concomitantemente con la producción. Si la tendencia continuaba, sin la aprobación de las reformas a la Ley de Hidrocarburos, la reducción de los ingresos hubiera alcanzado un promedio de 900 millones de dólares por año.

“A las empresas petroleras se les llamó para que inviertan en la búsqueda de nuevas reservas y en el aumento de la producción, no para que solamente cosechen utilidades”, indicó el Ministro.

6.- Con el nuevo Contrato de Prestación de Servicios, establecido en las reformas vigentes se determinan reglas claras de juego para la inversión. La tarifa será fijada en función de las inversiones a realizar, de los costos de producción y de una utilidad razonable, que estará en función del riesgo. La Tarifa fija por barril incentiva a la empresa a aumentar la producción y paralelamente beneficia también al Estado.

7.- Se abren nuevas áreas para la exploración en caso que las empresas no quieran invertir en la búsqueda de nuevas reservas. Actualmente, las áreas en producción petrolera presentan apenas  un 20% de las áreas asignadas en los Bloques de las empresas petroleras.

“Si no quieren invertir en exploración, el 80% de las áreas quedarán libres para nuevas licitaciones petroleras”, añadió.

8.- Las reformas a la Ley de Hidrocarburos regulan las utilidades exorbitantes que recibían los trabajadores petroleros, en apego al Art. 138, último inciso de la Constitución y de la ética.

El Ministro dijo que no es admisible que solamente los trabajadores del sector privado petrolero reciban el 15% de las utilidades brutas que en numerosos casos  significaban hasta 300.000 dólares por año por trabajador. Indicó que con las reformas se hace justicia con la distribución del 12% de las utilidades para quesean invertidas en los programas sociales y de desarrollo sustentable de las zonas de influencia de la producción petrolera.

Además, el ministro Pástor explicó que con las reformas se definen claramente las funciones de las entidades del sector público petrolero.

La Política hidrocarburífera será definida por el Presidente de la República.

La administración del Patrimonio Hidrocarburífero estará a cargo de la Secretaria de Hidrocarburos, con personería jurídica  y patrimonios propios; asignará las áreas donde deben desarrollarse las actividades de las empresas públicas y privadas.

Además el control y fiscalización de los hidrocarburos, será realizado por la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH).

La nueva entidad recupera, que reemplaza a la Dirección Nacional de Hidrocarburos (DNH) recupera la facultad de sancionar administrativamente con toda la fuerza de la Ley.

La actividad empresarial pública hidrocarburífera, representada por Petroecuador EP y Petroamazonas EP se encargará de desarrollar la exploración, producción, refinación, industrialización y comercialización interna y externa de hidrocarburos.

“Quienes no quieren ver estos beneficios o responden a intereses puramente politiqueros y coyunturales de oposición al Gobierno Nacional o defienden los intereses de las empresas petroleras, afectadas por las reformas”, comentó.

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